Insolvencia de persona natural

Ley de insolvencia para persona natural: una salida legal y ordenada a sus deudas.

El régimen de insolvencia de la persona natural no comerciante está regulado en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012, artículos 531 y siguientes). Permite negociar sus obligaciones ante un conciliador, suspender cobros judiciales y acordar una cuota acorde con sus ingresos reales.

Requisitos que exige la ley

  • Ser persona natural no comerciante (o comerciante que no esté obligado al régimen empresarial).
  • Estar en cesación de pagos: dos o más obligaciones en mora a favor de dos o más acreedores por más de 90 días, o dos o más procesos de ejecución en curso.
  • Que esas obligaciones representen al menos el 30 % del total de su pasivo.
  • Presentar la solicitud ante un centro de conciliación, notaría o consultorio jurídico habilitado, con relación completa de bienes, deudas, ingresos y gastos.

Efectos del trámite

  • Se suspenden los procesos de ejecución, cobros judiciales y medidas cautelares en su contra mientras avanza el trámite.
  • Se suspende la exigibilidad de intereses de plazo y de mora sobre las obligaciones incluidas.
  • El acuerdo aprobado reemplaza las condiciones anteriores y fija una cuota acorde con su capacidad real de pago.
  • Las obligaciones alimentarias y otras excepciones legales no se ven afectadas por el trámite.

Cómo avanza el proceso

1. Preparación del expediente

Se ordena la información financiera: acreedores, montos, garantías, procesos judiciales activos, ingresos y gastos del hogar, además de la propuesta de pago.

2. Negociación de deudas

Admitida la solicitud, el conciliador cita a los acreedores. Allí se discute la propuesta de plazos, cuotas y condiciones para salir de la mora de forma sostenible.

3. Acuerdo o liquidación

Si se logra acuerdo, queda un plan de pagos vinculante. Si no, la ley prevé la convalidación o la liquidación patrimonial según el caso.

Revisemos si su caso cumple los requisitos

Cada situación es distinta y ningún trámite garantiza un resultado. Analizamos su información, le explicamos las alternativas legales disponibles y le acompañamos en el camino que mejor se ajuste a su realidad.

Contenido educativo. No constituye asesoría financiera o jurídica personalizada ni una oferta vinculante.